A día de hoy, Naturalistes de Gelida ha interpuesto dos procesos judiciales administrativos contra el proyecto del Agroparc de Ametller Origen. Uno ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), contra la modificación del plan general de Gelida (MPOUM) que permite la implantación del Agroparc, y el otro ante el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Barcelona, contra el Convenio Urbanístico firmado entre el Ayuntamiento y la empresa, en el cual incluyeron un epígrafe donde acordaban que las obras se podían iniciar y, incluso, concluir sin haber realizado previamente las medidas compensatorias para el águila. En ambos casos, además, se solicitaron medidas urgentes para proteger las águilas cuabarradas de Gelida, ya que el Agroparc se superpone con su área crítica de caza y supervivencia.
Las medidas cautelares son el único procedimiento judicial que permite suspender la ejecución de las obras mientras se está tramitando un proceso contencioso y hasta que salga la sentencia, siempre que se puedan acreditar daños irreversibles. Y en el caso del Agroparc, la afectación sobre las águilas cuabarradas, una especie protegida y en peligro de extinción, las justificaba sobradamente. A pesar de todo, las cautelares se conceden en muy pocas ocasiones, y casi nunca en temas urbanísticos, aun así, ante el impacto desmesurado de las obras, la plataforma optó por solicitarlas de todas maneras, y ver cuáles eran las conclusiones del juez.
Aceptación de medidas cautelares del Juzgado número 3 y su ineficacia
Superando toda expectativa, el 28 de julio de 2025, el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Barcelona emitió una resolución en la que se estimaban las cautelares y se ordenaba suspender todas las actuaciones dentro del área crítica (el 80% del territorio vital de las águilas) hasta que el Servicio de Fauna y Flora certificara que las medidas compensatorias estaban realmente implantadas y funcionando. Esta decisión, precisamente por su excepcionalidad, avalaba con contundencia la solidez de nuestros argumentos. (Más información en este artículo de nuestro blog del 31 de julio)
Sin embargo, Ametller Origen inició grandes movimientos de tierras dentro de la zona protegida, ignorando completamente la orden judicial. Fue necesario que intervinieran los Mossos d’Esquadra y los Agentes Rurales el 6 de agosto para detenerlos. Posteriormente, el 11 de agosto, el juzgado de guardia ordenaba a los Agentes Rurales y al Ayuntamiento de Gelida que hicieran un seguimiento y que se aseguraran del cumplimiento de la prohibición. También advirtió a la empresa y al Ayuntamiento que no obedecer la ley podría suponer multas y hasta posibles delitos.
A partir de este momento, la confusión judicial se apoderó del proceso. Entre solicitudes reiteradas de aclaraciones al juez, l’empresa reinició los movimientos de tierra el 18 de septiembre. Unas obras que continúan a día de hoy, a pesar de las reclamaciones de StopAgroparc. Paradójicamente, nos encontramos con unas cautelares, que a pesar de seguir vigentes, en la práctica no se están aplicando. Un hecho absolutamente insólito y ante el cual hemos agotado todas las vías judiciales y administrativas a nuestro alcance. (Más información en este artículo de nuestro blog del 24 de septiembre)
El TSJC deniega las medidas cautelares de protección de las águilas
Esta vez sí, como ya era de esperar, el TSJC, en su auto del 4 de noviembre de 2025, desestimó nuestra petición en una resolución que, por otra parte, estaba absolutamente carente de motivación. Los magistrados argumentaban básicamente que prevalece el “interés general” de mantener la ejecutividad del nuevo plan y destacaban que la Generalitat ha calificado el proyecto como de “elevado interés territorial.”
Todo y la decisión mayoritaria de dos de los tres magistrados, la tercera jueza emitió un voto particular discrepante con fuerza de forma muy argumentada. Alertó que el daño causado por la ejecución del proyecto podría ser “irreparable o irreversible”. Recordó que la zona del Agroparc coincide con las áreas de caza y campeo imprescindibles para la supervivencia de las águilas.
La magistrada subrayó que el informe ambiental oficial exigía aprobar y ejecutar un Plan Piloto y verificar previamente –mediante radioseguimiento del macho– que las águilas podían prescindir de aquella área antes de comenzar cualquier movimiento de tierras. Estas medidas debían ser “inmediatas y siempre previas”. Para ella, avanzar sin esta comprobación supone la “consumación de la extinción de las águilas”, haciendo inútil cualquier sentencia futura.
Es relevante subrayar que, a fecha de hoy, este auto aún no es firme, la Plataforma StopAgroparc lo ha impugnado a través de un recurso de reposición previo a un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Los dos contenciosos siguen su curso, sin la protección para las águilas.
Haber logrado la protección para las águilas que conferían las cautelares, hubiera evitado un daño ambiental de gran importancia sobre el hábitat esencial de esta especie en peligro de extinción. Nos hubiera dado margen de tiempo para avanzar en los contenciosos con la tranquilidad de contar con que el águila estaba protegida. Y por eso lo debíamos intentar. Desafortunadamente no ha podido ser, pero la realidad es que sabíamos desde un buen inicio que era prácticamente imposible que sucediera.
Los argumentos de fondo se mantienen sólidos, incluyendo, la incompatibilidad del proyecto con la supervivencia del águila cuabarrada, y las irregularidades urbanísticas y ambientales graves, elementos que refuerzan nuestra demanda de nulidad. Las cautelares estimadas por el juez y el hecho de que una magistrada del TSJC formulase un Voto Particular a favor de la suspensión de la MPOUM, nos proporciona una valiosa validación de la consistencia de nuestros argumentos y ilumina el camino hacia una sentencia final favorable que, si bien llegará más tarde, será la verdadera victoria para la defensa del espacio natural y de la legalidad.
Esta, sin embargo, no es la única vía que hemos impulsado para proteger el área vital crítica del águila, también hemos trabajado en las vías del Servicio de Fauna, que es el responsable de velar por la Fauna protegida, y la del Fiscal de Medio Ambiente, sobre las que os iremos informando en próximas publicaciones