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Los aclaraciones del Director General de Medio Ambiente: la excusa perfecta para desactivar la protección de las águilas de Gelida

14 de febrero de 2026 por
Administrator

🔑El documento clave para entender lo que está pasando, y en el que se ampara Ametller Origen para justificar su actuación de los últimos meses

Cuando se aprobó la Declaración Ambiental Estratégica (DAE)[1] del Agroparc en abril de 2023, parecía que se había establecido el marco legal para proteger las águilas cuabarrada de Gelida, una especie en peligro de extinción. La DAE es clara: las obras no podían comenzar sin un Plan Piloto previo que demostrara, mediante seguimiento GPS, que las águilas podían sobrevivir sin el área afectada por el Agroparc. Sin embargo, solo dos meses después, un documento de"aclaraciones"emitido por el Director General de Políticas Ambientales cambió este marco de protección, abriendo la puerta a la destrucción que estamos viviendo hoy.

🔃Un cambio de condiciones a demanda de Ametller Origen

Los aclaraciones, firmados el 8 de junio de 2023, no surgieron de una revisión técnica de oficio, sino de una petición por correo electrónico de Ametller Origen y fueron incorporados a el expediente solo unos días antes de la aprobación definitiva de la modificación del POUM por parte de la Comisión de Urbanismo del Penedès. Este documento, del cual Naturalistes de Gelida no conoció la existencia hasta recibir el expediente judicial del contencioso, pretende modificar puntos sustanciales de la DAE sin haber pasado por ningún trámite de exposición pública ni escrutinio ciudadano.

Estos son los tres puntos donde los aclaraciones «pretende modificar» lo que establece la protección ambiental:

  1. Se desvinculan las obras industriales del Plan Piloto. Mientras que la DAE supedita "los movimientos de tierras y la construcción del Proyecto Agroparc" al éxito del Plan Piloto, el Director General «aclara» en su documento que esta condición solo se aplicaba a la construcción de invernaderos de más de 3 hectáreas. Esto deja vía libre a las obras de las naves industriales, la vialidad y los movimientos de tierras masivos a Can Joncoses comenzaran inmediatamente, a pesar de estar situados en pleno corazón del área de caza (Kernel 50%) de las águilas.
  2. La redefinición del "camino rojo". La DAE es taxativa:"no se podrá actuar en el camino señalado con una línea roja"( el camino de la Talaia) hasta verificar la seguridad de la especie. El aclaramiento, pero, introdujo la posibilidad de realizar allí "actuaciones de arreglo y mantenimiento". Y la empresa ha ido incluso más allá. Bajo esta supuesta etiqueta de "mantenimiento", lo que se ha acabado permitiendo es la destrucción de un tramo del camino, con una excavación profunda que ha anulado totalmente la funcionalidad del vial y ha arrancado la masa boscosa adyacente, según han denunciado los ecologistas este diciembre de 2025.
  3. De la precaución al hecho consumado. Esta reinterpretación del Director General vació de contenido el principio de precaución que rige la DAE. Al permitir que el grueso de la urbanización avanzara sin esperar los resultados científicos del seguimiento GPS, el Director General facilitó una política de hechos consumados. Indubio pro natura: cuando hay duda sobre si una interpretación puede causar perjuicio ambiental, se debe elegir la opción menos lesiva para la naturaleza; es decir, debe prevalecer la interpretación más protectora.

🆘Las consecuencias: Una afectación "crítica e irreversible"

El resultado de esta modificación "por la puerta de atrás" es hoy bien tangible. Los informes más recientes del Servicio de Fauna y Flora de octubre de 2025 ratifican que las obras ejecutadas al amparo de estas aclaraciones no han cumplido con los requerimientos estipulados por los técnicos del Servicio y que ya suponen una afectación crítica e irreversible para la pareja de águilas.

Como advirtió una magistrada del TSJC en su voto particular, permitir obras sin las garantías ambientales de la DAE podría suponer la "consumación de la extinción de las águilas". Desde StopAgroparc seguiremos denunciando que un documento de aclaraciones no publicado no puede estar nunca por encima de una Declaración Ambiental Estratégica ni del deber de proteger nuestro patrimonio natural más amenazado.


[1] La DAE es un acto administrativo preceptivo, esencial y vinculante, previo a la aprobación de la modificación del POUM, que se elabora como resultado del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica. Recoge todas las conclusiones de la evaluación, las condiciones y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que se deben incorporar obligatoriamente.


Imágenes del camino de la Talaia señalado en rojo en la DAE:

Cami de la Talaia excavatCami marcat en vermell per la DAECami de la Talaia destruit


Camino de la Talaia el 11 de noviembre de 2025, unas semanas antes de la destrucción:

StopAgroparc no se hará atrás ante el intento de Ametller Origen de silenciar la defensa del territorio